SANCIONES ADMINISTRATIVAS · AEPD
La AEPD sanciona a SEUR y Citibox por fallos de protección de datos en las entregas con taquillas
La AEPD fijó 164.000 € a SEUR y 4.000 € a Citibox. El caso separa la falta de contrato de encargo de la reutilización de teléfonos para una finalidad propia.
Fuente oficial · AEPD · análisis oficial de dos resoluciones ↗Qué se ha resuelto
La AEPD publicó el 8 de junio de 2026 un análisis de dos resoluciones cuyos expedientes terminaron en 2025. SEUR GEOPOST pagó 164.000 € tras la reducción voluntaria del 20%; la resolución recoge infracciones relacionadas con la falta de contrato de encargo del artículo 28 del RGPD y la confidencialidad de los datos. CITIBOX SMART SERVICES pagó 4.000 € —5.000 € antes de la reducción— por tratar números de teléfono de destinatarios para mantener una lista de exclusión de uso propio; la AEPD ordenó acreditar la supresión de esos datos. Citibox pagó el 10 de octubre de 2025 y su resolución lleva esa fecha; SEUR pagó el 30 de septiembre de 2025. La AEPD determinó que, para la operativa de entrega analizada, SEUR definía los fines y medios y Citibox actuaba como encargada; el rótulo contractual de las partes no prevalece sobre su función real.
Por qué importa a las empresas
El caso muestra que la calificación RGPD depende de quién decide los fines y medios en cada operación, no solo de la autonomía o del nombre que el contrato asigna a cada parte. También distingue la entrega del paquete de la reutilización posterior del teléfono por una finalidad propia. Una cadena de proveedores puede generar incumplimientos simultáneos de los artículos 28, 5 y 6 del RGPD y órdenes correctivas además de multas.
Qué revisar
- Mapear qué entidad decide los fines y medios de cada operación y reflejar la relación real de responsable, encargado o corresponsable.
- Formalizar contratos de encargo del artículo 28 con instrucciones, finalidades, categorías de datos, seguridad, subencargados, devolución y supresión.
- Prohibir y auditar la reutilización de teléfonos y otros datos de entrega para listas, analítica o contacto propio sin base jurídica, transparencia y controles de retención.
Procedimientos concluidos por pago voluntario, con reducción del 20% y sin reconocimiento de responsabilidad. Las resoluciones son firmes y ejecutivas en vía administrativa tras su notificación; no se afirma que exista firmeza judicial.
Consultar el documento oficial ↗