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← Edición del 28 de septiembre de 2026

La EBA fija sus prioridades para la revisión de MiCA

La autoridad pide aclarar el perímetro entre MiCA y otras normas financieras, revisar las reglas aplicables a ART, EMT y grupos multifunción, y abordar los préstamos de criptoactivos, los depósitos tokenizados y los datos de supervisión.

Fuente original · EBA

Qué se ha publicado

La Autoridad Bancaria Europea publicó el 24 de septiembre su respuesta a la consulta específica de la Comisión sobre la revisión de MiCA. Propone aclarar la frontera entre MiCA y MiFID/CRD, mantener los instrumentos financieros tokenizados dentro de la normativa sectorial y armonizar mejor la definición de instrumento financiero. También plantea revisar las reglas sobre ART y EMT y sus emisores, los grupos que concentran varias funciones, la relación con PSD2 y su reforma, los préstamos de criptoactivos y los depósitos tokenizados. Finalmente, recomienda revisar la información que deben remitir emisores y proveedores para facilitar la supervisión y el seguimiento de riesgos.

Consecuencias jurídicas para las empresas

La publicación no modifica MiCA ni introduce por sí sola nuevas obligaciones: es una contribución técnica de la EBA al proceso de revisión. Sin embargo, identifica los puntos en los que pueden concentrarse futuras reformas y la vigilancia supervisora. Los emisores, proveedores de servicios de criptoactivos, entidades de crédito y de pago y grupos con varias actividades deberían comprobar cómo clasifican cada token y servicio, en qué entidad se presta y qué normas concurrentes aplican. Los servicios de préstamo o endeudamiento con criptoactivos y los modelos próximos a depósitos tokenizados merecen una revisión específica del perímetro. También conviene asegurar que los sistemas internos pueden producir datos consistentes por producto, entidad, servicio y jurisdicción si el marco de información se amplía.

Tres actuaciones concretas

  1. Clasificar cada token y servicio y justificar el perímetro aplicado entre MiCA, MiFID, normativa bancaria y pagos.
  2. Identificar actividades de préstamo, endeudamiento, depósitos tokenizados y estructuras multifunción que puedan quedar afectadas por la revisión.
  3. Comprobar que el reporting interno permite extraer datos consistentes por producto, entidad, servicio y jurisdicción.